lunes, 8 de agosto de 2011

Sobre redes, periodismo e ingenuidad

El profesor Juan Gargurevich ha escrito el interesante post “¿Periodismo por Twitter? No, gracias”. Permíntame plantear un par de discrepancias. La primera tiene que ver con el párrafo en que afirma: “Cualquiera puede inventar noticias y lanzarlas sin responsabilidad alguna, porque lo virtual es el reino de todos y de nadie."

Recordemos en principio que “la libertad de información –y más específicamente el derecho a buscar, recibir y difundir información— es un derecho humano fundamental.” (Un solo mundo, voces múltiples. Pág. 208)

La cita nos lleva al antiguo debate sobre las libertades de prensa y expresión. ¿Están estas libertades reservadas para los periodistas profesionales? ¿Constituyen un derecho que asiste solo a los medios de comunicación formalmente constituidos y a su personal periodístico? Considero que no. El derecho es de la persona; la libertad corresponde al ser humano. El que los periodistas hayamos reclamado siempre la representación del público para el ejercicio de tales libertades no nos convierte en sus beneficiarios únicos y exclusivos.

Acto seguido –y aquí mi segunda discrepancia—, la situación presentada por Juan Gargurevich nos obliga a reflexionar, una vez más, en torno al concepto de noticia. En el caso de Gerry, el damnificado fantasma, pregunto si aquel SOS ficticio era una noticia o no. Tiene razón el Profesor cuando se lamenta de un hecho innegable: “Twitter es hoy un sembrador de rumores y chismes, de adjetivos calificativos, opiniones al paso”. Sin embargo, esa debilidad no debería descalificar a la herramienta, como la presencia de Laura Bozzo no es motivo suficiente para agarrar el televisor a martillazos.

La prensa tradicional ha cometido también notorios excesos en cuanto a noticias. Cada mañana, el noticiero de 7:00 a 8:00 en televisión es un baño de sangre; y los “diarios chicha” dedican no menos del 15% de sus espacios a difundir información sobre homicidios, violaciones, secuestros, asaltos y demás aberraciones de la sociedad posmoderna.

El inciso 4 del Artículo 2° de la Constitución de 1993 –similar en este punto a la Carta de 1979— advierte que “los delitos cometidos por medio del libro, la prensa y demás medios de comunicación social se tipifican en el Código Penal y se juzgan en el fuero común.”

Al respecto, dos anotaciones finales. ¿Es delito echar a rodar un rumor o una versión falsa, como ocurrió con el tal Gerry? A lo mucho, el damnificado fantasma será blanco de las maldiciones de quienes, con algo de ingenuidad, se creyeron su cuento de buena fe. De modo que en esto coincido con el profesor Gargurevich. Y dos, cada vez que a la prensa se le mueve el tema de la responsabilidad, los periodistas ponemos el grito en el cielo. La verdad, la autorregulación –siempre esgrimida y nunca aplicada– es otro de los mitos que nos está llevando a la ruina.